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Decisiones sobre Negocios y Marcas, registro y protección de derechos

Los Clientes cambiaron, tienen más información, son más exigentes, tienen mucha oferta a su disposición y valoran más las marcas registradas porque sus productos o servicios son percibidos como de mayor calidad, razón por la cual están dispuestos a pagar precios más altos por ello.

Al mismo tiempo, están atentos no sólo a los productos y servicios que ofrecen en el mercado, sino a las decisiones que toma quien es titular de la marca (Personas o Sociedades) y lo hacen saber en las redes sociales, influyendo en otros consumidores en sentido favorable o no.

¿Qué es una marca y dónde se registra?

Una marca es todo signo con capacidad distintiva que identifica y distingue productos o servicios para que no se confundan con los de la competencia.

La distintividad es una situación de hecho, volátil. De allí que, al tomar decisiones vinculadas al negocio, es importante considerar el posible impacto en la reputación de la marca.

En Argentina, es el registro y no el uso lo que permite acceder a los derechos de uso y explotación exclusivo durante 10 años, renovables por igual plazo, indefinidamente.

El registro se realiza ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), quien extiende un título que acredita la titularidad y lo habilita a ejercer todas las defensas necesarias para impedir que terceros, sin autorización, comercialicen productos idénticos con la misma marca o utilizando una denominación similar que pueda crear confusión entre los Clientes.

Registrar la marca es una decisión estratégica, no sólo en el caso de grandes empresas, sino también cuando se trata de Pymes y Emprendedores individuales, ya que forma una unión indivisible con el negocio, en un mercado altamente competitivo.

¿Qué puede registrarse como marca?

El artículo 1° de la Ley de Marcas (22.362) establece que “Pueden registrarse como marcas para distinguir productos y servicios: una o más palabras con o sin contenido conceptual; los dibujos; los emblemas; los monogramas; los grabados; los estampados; los sellos; las imágenes; las bandas; las combinaciones de colores aplicadas en un lugar determinado de los productos o de los envases; los envoltorios; los envases; las combinaciones de letras y de números; las letras y números por su dibujo especial; las frases publicitarias; los relieves con capacidad distintiva y todo otro signo con tal capacidad”.

¿Cuándo es conveniente registrar la marca?

Es conveniente que el registro se realice antes de salir al mercado, porque puede suceder que ya esté registrada por otra persona. En ese caso no podrás usarla y si lo estás haciendo, tal vez estés poniendo en riesgo tu negocio, porque el titular de la marca tiene derecho a exigirte que dejes de usarla y eso puede tener alto costo, ya que implica rehacer papelería comercial, cambiar etiquetas de productos, o el ploteo de vehículos, además del impacto en la imagen ante los Clientes. ¿Para qué correr riesgos que pueden evitarse?

También es conveniente que el registro lo realice un Agente de la Propiedad Industrial, ya que puede brindarte asesoramiento estratégico y resolver los conflictos que puedan surgir durante el trámite, por ejemplo que algún tercero considere que sus intereses se verían afectados si prospera el registro y presenta una oposición ante INPI.

En el caso del desarrollo de franquicias, el registro debe realizarse antes de celebrar los contratos con los franquiciados, es un requisito obligatorio, establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación, en su Artículo 1512, 2do párrafo: “El franquiciante debe ser titular exclusivo del conjunto de los derechos intelectuales, marcas, patentes, nombres comerciales, derechos de autor y demás comprendidos en el sistema bajo franquicia; o, en su caso, tener derecho a su utilización y transmisión al franquiciado en los términos del contrato”.

 

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